Atención Colocolinas y Colocolinos: Qué se puede hacer y qué no bajo Cuarentena obligatoria

viernes 27 de marzo, 2020

Por: CSD Colo-Colo
La medida afecta a algunas comunas de la Región Metropolitana y a localidades del sur del país.

Ya está en vigencia la cuarentena obligatoria para algunas localidades del territorio nacional iniciativa decretada para contener la
propagación de la pandemia del coronavirus Covid-19 en el país.

Las personas deberán
mantenerse en sus domicilios por un plazo de una semana, que podría extenderse.

En los accesos a las regiones habrá un estricto control de Aduana Sanitaria con la finalidad de comprobar si
las personas que transitan están en una situación de salud adecuada. La medida
busca también evitar el desplazamiento de las personas bajo cuarentena, que de ser sorprendidas se exponen a sanciones como multas e incluso
privación de libertad.

La cuarentena total es una situación distinta al toque de
queda. Este último, comienza a las 22.00 horas, termina a las 05.00 de la
mañana y es en todo el país. Para transitar durante toque de queda se requiere
un salvoconducto, que se consigue con Clave Única, en casos muy específicos.

Qué se puede hacer y
qué no bajo cuarentena obligatoria

¿Se puede trabajar?

Podrán trabajar todas las personas que “realizan servicios
que son esenciales” lo cual será definido en un listado por el gobierno en un
instructivo que será público. Como por ejemplo los servicios de emergencia,
todos los funcionarios públicos, los servicios de salud y sus colaboradores
tanto públicos como privados, todos los servicios de utilidad pública como el
agua, servicios sanitarios, energía y telecomunicaciones. Los conserjes también
podrán trabajar con sus permisos, pero no habrá permisos para trabajadoras de
casa particular o jardineros.

¿Quién gestiona los
permisos para trabajar?

El empleador deberá proveer los permisos al trabajador.
Estos serán digitales y se podrán mostrar desde el celular sin necesidad de
imprimirlos.

Trabajadoras de casa
particular

– Las trabajadoras puertas afuera no deben concurrir a su
trabajo.

– Las trabajadoras puertas adentro pueden tomar la decisión
de si quieren quedarse y hacer cuarentena o bien volver a su hogar.

– Las trabajadoras de casa particular no pueden ser
obligadas a permanecer en su lugar de trabajo.

Permisos para
realizar compras

– Se podrán solicitar permisos temporales en la Comisaría
Virtual solo con el rut y el número de serie del carnet de identidad. Ya no se
pedirá la clave única.

Funerales

-Se puede asistir a funerales de familiares directos en
territorios en cuarentena. Si es dentro de la misma región hay un permiso de
cinco horas. Si es fuera de la región, es de 24 horas, pero al volver se debe
cumplir cuarentena obligatoria de 14 días.

Mascotas

– Las clínicas veterinarias estarán abiertas, inclusive en horario
de toque de queda, por lo que se puede llevar a la mascota al veterinario.

– La mascota se puede pasear durante media hora por día.

Mudanzas

– No se podrán realizar mudanzas en los siete días de
cuarentena en las siete comunas bajo aislamiento.

Visita a hijos de
padres separados

– Se prohíben las visitas a hijos de padres separados
durante la cuarentena, pero se pide compensar esas visitas terminado el
confinamiento.

Delivery

– El delivery de alimentos y servicios básicos puede
funcionar, pero no en horario de toque de queda, es decir, entre las 22:00 y
05:00 horas.

– El delivery de servicios no esenciales no podrá operar.

Personas en situación
de calle

– El Ministerio de Desarrollo Social tiene un plan especial
para ellos para enfrentar la cuarentena y el toque de queda por su situación de
vulnerabilidad.

¿A qué te expones si
incumples la cuarentena?

Multas y sanciones penales que pueden llegar hasta 540 días.

Revisa el instructivo acá https://bit.ly/39laWjp